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Art. 13 — Otras fuentes de licitud del tratamiento de datos.

Artículo de la Ley 19.628 en el texto fijado por la Ley 21.719

Ubicación en la ley

Título II — Del tratamiento de los datos personales y de las categorías especiales de datos

Párrafo Primero — Del consentimiento del titular, de las obligaciones y deberes del responsable y del tratamiento de datos en general

Qué dice, en breve

Otras fuentes de licitud, sin consentimiento del titular: datos de obligaciones económicas, financieras, bancarias o comerciales conforme al Título III (letra a); cumplimiento de una obligación legal (b); celebración o ejecución de un contrato con el titular o medidas precontractuales a su solicitud (c); interés legítimo del responsable o de un tercero, si no se afectan los derechos y libertades del titular (d); y formulación, ejercicio o defensa de un derecho ante tribunales u órganos públicos (e). El responsable debe acreditar la licitud.

Texto oficial

Artículo 13.- Otras fuentes de licitud del tratamiento de datos. Es lícito el tratamiento de datos personales, sin el consentimiento del titular, en los siguientes casos:

a) Cuando el tratamiento esté referido a datos relativos a obligaciones de carácter económico, financiero, bancario o comercial y se realice de conformidad con las normas del Título III de esta ley, incluidos los datos referidos a la situación socioeconómica del titular.

b) Cuando el tratamiento sea necesario para la ejecución o el cumplimiento de una obligación legal o lo disponga la ley.

c) Cuando el tratamiento de datos sea necesario para la celebración o ejecución de un contrato entre el titular y el responsable, o para la ejecución de medidas precontractuales adoptadas a solicitud del titular.

d) Cuando el tratamiento sea necesario para la satisfacción de intereses legítimos del responsable o de un tercero, siempre que con ello no se afecten los derechos y libertades del titular. En todo caso, el titular podrá exigir siempre ser informado sobre el tratamiento que lo afecta y el interés legítimo en base al cual se efectúa dicho tratamiento.

e) Cuando el tratamiento de datos sea necesario para la formulación, ejercicio o defensa de un derecho ante los tribunales de justicia u órganos públicos.

El responsable deberá acreditar la licitud del tratamiento de datos.

Ver en Ley Chile

La ley rige a partir del 1 de diciembre de 2026.

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