Art. segundo
Artículo propio de la Ley 21.719: no forma parte del texto reformado de la Ley 19.628, sino de una disposición permanente de la propia Ley 21.719.
Texto oficial
Artículo segundo.- Suprímese el literal m) del artículo 33 del artículo primero de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública.