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Art. tercero

Artículo propio de la Ley 21.719: no forma parte del texto reformado de la Ley 19.628, sino de una disposición permanente de la propia Ley 21.719.

Texto oficial

Artículo tercero.- Suprímese el artículo 15 bis de la ley N° 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.

Ver en Ley Chile

La ley rige a partir del 1 de diciembre de 2026.

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